Casos en los que se puede pensionar antes de la edad por ley

Le contamos todo lo que debe saber para obtener la pensión por vejez.

De acuerdo con  Colpensiones una pensión “es el derecho que tienen todos los ciudadanos colombianos para garantizar que sus familias y ellos estén protegidos durante la vida laboral y después de la edad de retiro.”

En ese orden de ideas, actualmente en el país hay dos tipos de sistemas pensionales, las privadas y una pública. La única entidad en el Régimen Público que administra las pensiones de los ciudadanos es Colpensiones. Por su parte, en las privadas existen Porvenir, Protección, Colfondos y Skandia.

Hay que recordar que la edad de jubilación en Colombia es de 62 años para los hombres y 57 años para las mujeres. Y para poder acceder a la pensión de vejez se debe haber cotizado al menos 1.300 semanas (aproximadamente 26 años) al Sistema de Seguridad Social.

Para acceder la pensión anticipada debe cumplir una serie de requisitos, entre los cuales se encuentran:

  • No estar en el régimen de transición.
  • Ser mujer con 62 años.
  • Ser hombre con 65 años.
  • Tener más de 1.000 semanas cotizadas.

Sin embargo, esto no cobijaría a las mujeres que se vean beneficiadas de la reducción de semanas por hijos.

De igual manera, a la persona que reciba prestación anticipada de vejez se les descontaría mensualmente el valor equivalente a las cotizaciones faltantes hasta alcanzar las 1.300 semanas.

Las personas con una deficiencia física, psíquica o sensorial del 50 % o más también podrían recibir la pensión anticipada por vejez si cumplen con los siguientes requisitos:

  • Ser mujer de 50 años.
  • Ser hombre con 55 años.
  • Haber cotizado 1.000 semanas.

Según la entidad, las personas pueden acceder a la pensión por vejez por capital suficiente “cuando tiene el capital mínimo exigido por el cálculo actuarial (valor actual de las obligaciones futuras de reconocimiento y pago de pensiones), para una mesada superior al 110% del Salario Mínimo Mensual Legal Vigente, SMMLV”.

Para esto, no es necesario contar con un número mínimo de semanas ni tener la edad de pensión. Una vez sea reconocido comenzarán a entregarle su mesada, sin aplicar el pago de retroactivo.

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En cuanto a los requisitos, deberá que presentar el bono pensional: finalizado por no derecho a bono o emitido (para pensión anticipada sin venta de bono); así como la radicación de la documentación exigida, en la cual deberá reportar todos los beneficiarios de ley, según su caso:

  • Su cónyuge o compañero permanente si tiene más de 30 años al momento del fallecimiento.
  • Sus padres si dependen económicamente de ti y si no tienes hijos, ni cónyuge.
  • Sus hijos si se encuentran en estado de invalidez y dependen económicamente de ti.
  • Su cónyuge o compañero permanente menor de 30 años y si no tienes hijos con él o ella.
  • Sus hijos si son menores de 18 años y si estudian, hasta los 25.
  • Hermanos en condición de discapacidad, si dependen de usted.